sábado, 8 de junio de 2013

ANÁLISIS DE LA NOCIÓN DE LIBERTAD EN
LA CARTA SOBRE LA TOLERANCIA DE JOHN LOCKE.

La Libertad ha sido y seguirá siendo un tema de actualidad, en el cual debemos poner bastante atención, ya que son muchas las personas que hablan y utilizan este concepto y en ocasiones se aprovechan de él, porque a lo mejor les conviene; pero en realidad deberíamos preguntarnos si se le respeta este derecho a las personas o sabe la gente qué significa el término libertad con exactitud, o más sencilla la pregunta aún, ¿poseemos libertad?. Este, sólo es un tema importante y fundamental para nuestras sociedades, sino que también es indispensable para la relación de fe que existe entre Dios (cualquiera que sea la creencia) y los seres humanos.

Para analizar este concepto, se tomo como base el documento conocido bajo el nombre de Carta sobre la Tolerancia, que engloban un conjunto de cartas que John Locke (Filosofo empirista del siglo XVII) escribió entre los años 1689 y 1690 y que ofrecieron en buena medida las bases ideológicas esenciales para su teoría política, que fueron expuestas en las mismas fechas en dos Tratados sobre el Gobierno Civil.

En la Carta sobre la Tolerancia, son muchos los puntos que Locke expone y que quiere resaltar para la sociedad y el pensamiento filosófico, como por ejemplo cuando describe que el hombre debe ser un individuo libre y que tiene derechos naturales entre ellos, tal vez los más importantes son: la auto-conservación y su espiritualidad, que jamás deben ser violados por otras personas. Este documento, desarrolla de forma muy precisa el concepto de Libertad individual y hace una serie de críticas a la intolerancia y la coacción que tanto las sociedades civiles (el Estado) y las sociedades religiosas (las Iglesias) pueden llevar a cabo en contra del individuo y muestra un camino para que sea lo contrario, es decir, el trabajo de estos en favor de los seres humanos.

El Estado, según Locke, tenía como fin, únicamente, proteger los intereses civiles de los ciudadanos y no interferir en sus creencias religiosas. La autoridad del estado encuentra un límite concreto en la preservación de los ciudadanos, y las opiniones religiosas escapan por su naturaleza a la competencia de la autoridad civil y merecen una absoluta y universal tolerancia, debido a que existe una discordia entre la esfera de la religión y la esfera mundana de  la vida política-social, por la diversa finalidad de cada uno de ellos: la política se ocupa de la finalidad del estado, y la esfera religiosa del cuidado de las almas que no puede pertenecer al magistrado civil.

Toda su filosofía parte de la idea de una ley natural y a su vez ley de Dios y de la razón, que gobierna la naturaleza y es, al mismo tiempo, la ley moral a que está sometida el hombre; el hombre está capacitado para comprender sus deberes morales y el cumplimiento de éstos es razonable. Los deberes y derechos morales a que obliga la ley natural son: la vida, la libertad y la propiedad; y el Estado se debe preocupar por salvaguardar al hombre con respecto a lo establecido para que tal mandato no parezca tan ido de la realidad sino que sea visto y palpable; ya Platón había expresado: “el Estado será una realidad, y no un sueño […] donde debe reinar la concordia.” Estos derechos y deberes existen ya en el estado de naturaleza en que el hombre se haya antes de iniciar la vida en un Estado político, y cuyos elementos básicos son la libertad y la igualdad.

Locke, propone y afirmará con tenacidad que los magistrados no tienen autoridad para interferir con las decisiones individuales de las personas quienes eligen sus propios caminos a la salvación eterna. Niega, por tanto, que la libertad de culto degenere en libertinaje y rebelión; mucho peores son las consecuencias nefastas que conlleva la persecución religiosa.

De igual manera, Locke propone aspectos religiosos que ayudan al crecimiento personal y humano de las personas con respecto a su creencia; Es decir, “quienquiera que se aliste bajo el estandarte de Cristo, deberá, en primer lugar y sobre todo combatir contra sus propias avideces y vicios. En vano pretenden algunos el nombre de cristianos sin poseer la santidad de vida, la fortaleza de costumbres y la benignidad y mansedumbre de espíritu.” (Carta sobre la Tolerancia. p. 3) a esto se le añade algunas de las exigencias y condiciones que el mismo Jesús pone en el evangelio: “Si alguno quiere seguirme que se niegue a sí mismo, que cargue con su cruz de cada día y me siga” (Lc.9, 23). Locke dice que la Iglesia “[…] es una sociedad voluntaria de hombres que se reúnen de mutuo acuerdo para rendir culto público a Dios en la forma que ellos juzgue que le es aceptable y eficiente para la salvación de sus almas.” (Carta sobre la Tolerancia. p. 8)

Cabe destacar que para todos los habitantes o los que conforman un Estado, a ellos se le debe ver desde el mismo punto de vista que todos, y en el ámbito de tolerancia entre Iglesia y Estado, es legítimo y no puede ser prohibido por algún gobernante bajo ningún concepto a aquella, ya que si se hace, se violaría los derechos de un determinado grupo de ciudadanos. Una vida buena dice Locke, siendo materia que pertenece e incumbe a la religión y a la verdadera piedad, atañe también al gobierno civil, ya que en ellas descansa la seguridad de las almas y de la comunidad. Las acciones morales por lo tanto, acarrean tanto a la jurisdicción externa como a la interna, es decir a la esfera del gobierno civil y a la esfera de la iglesia, a la del príncipe y a la de la conciencia.

García Ramírez Jesús Enrique.
Ii Teología.

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